7 oct 2010

de casa de aperos a vivienda

Sentimos estar tan lentitas con las respuestas pero andamos hasta arriba de trabajo en nuestros estudios respectivos y no tenemos mucho tiempo para el blog, la próxima semana prometemos retomarlo con más fuerza.

De momento vamos a dar respuesta a Marta, que nos preguntaba algo más sencillo y sin necesidad de dibujar planitos:

Hola, tengo un terreno en Olesa de Bonesvalls (Barcelona) y mi idea es hacer una casa de madera en un futuro, pero mientras ahorro, etc, etc, me interesaba colocar una vivenda temporal tipo (movil home) en la parcela...
Es muy posible que no sea una consulta que deba dirigiros a vosotros, pero no sé a quien!
La cuestión es que la parcela ya dispone de una casita de madera (tipo caseta de herramientas) que construyó mi padre hace mas de 20 años que es de unos 5 M2, y de hecho pagamos el IBI por ella.
El ayuntamento prohibe poner casetas movil-home, ya lo he consultado, solo deja si ya dispongo de una vivenda en el terreno.
¿Equivaldría esa caseta como bien inmueble para colocar ahi un movi home? tengo alguna posibilidad de aplicar el tan conocido "hecha la ley, hecha la trampa"? os agradecería muchisimo vuestra respuesta! Enhorabuena por vuestra iniciativa!!

Marta.



Vamos a ver, es algo muy subjetivo el que esa "casita de aperos" pueda considerarse un bien inmueble, en realidad depende mucho de quien te de la licencia y de la existencia o no de vecinos en las cercanías que puedan denunciarte porque no les apetezca tener compañía.

Yo entiendo que podrías hacerlo siempre y cuando no te excedieras mucho del tamaño original de la casa/apaño ya construida.

Conozco dos casos similares al tuyo por la zona de Cantabria y puedo asegurarte que no tuvieron mucho problema aunque también es verdad que eran parcelas en zonas de montaña sin demasiados vecinos.

Tendrás que consultarlo en el Ayuntamiento que te corresponda o colocarte sin dar noticias a nadie jugándote una multita.

6 comentarios:

  1. Hola. Soy el primo Txabi.España esta plagada de casetas de azadas de dos pisos, garaje y cuatro baños (alicatados hasta el techo). Una politica de hechos consumados puede ir desde una multa y luego los costes de legalizacion de la obra hasta el derribo. Primero informate en el catastro de la situacion de la parcela ( el IBI que pagas y en concepto de qué lo pagas); en el ayuntamiento, si está afectada por algun tipo de planeamiento, y que tipo de suelo es porque es posible que en el ayuntamiento te hayan dado esa respuesta, que no sé si será genérica o en tu caso concreto, para que en un hipotetico caso de que por alli pase una carretera o cualquier cosa, no tengas derechos adquiridos y puedas reclamar una indemnizacion por expropiacion mayor que la que te corresponderia por una simple caseta de aperos (véase los poblados chabolistas). una opcion, no muy legal pero tampoco ilegal, es que si el suelo es rustico, decir que vas a montar una explotacion agraria: manzanos, vides, lo que quieras, siempre que la parcela tenga superficie suficiente para argumentarlo. Este es otro punto imporatante, la superficie de la parcela. Ésta debe tener un minimo para poder construir en ella si no es suelo urbano, por lo menos en bastantes ayuntamientos. Otra opcion es venderles la moto a los del ayuntamiento haciendote una casa autosuficiente en plan experimento "Ayuntamiento pionero en la construccion sostenible de sus vecinos" o algo así.
    un saludo.

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  2. Buenas, aquí otra prima que intentará poner un poco de luz en el asunto...
    Por tu explicación interpreto que estamos hablando de un terreno rústico, no? Ya que si fuese en suelo urbano el ayuntamiento no habría puesto demasiados problemas.
    En realidad la cuestión és un poco más compleja que hacer una trampa o montar la caseta sin licencia. En Catalunya la LLei d'Urbanisme prohibe explícitamente colocar una vivienda en suelo rústico. Sólo lo permite en casas que ya estén legalizadas (o sea con licencia antes del 2002), masías incluídas en un catálogo que redacta el Ayuntamiento o si estan vinculadas a una explotación agrícola (en este caso hay que justificar la necesidad de vivir al lado de la finca). En el caso que estés dentro de uno de estos supuestos hay que tramitar un expediente que aprueba provisionalmente el Ayuntamiento y definitivamente la Comissió Territorial d'Urbanisme(Generalitat). Puedes consultar la página del cadastro para comprobar el concepto dei IBI que pagas por la caseta: http://www.sedecatastro.gob.es/
    Luego tienes que consultar en el Ayuntamiento el catálogo, aunque probablemente no habrán incluido una caseta de madera en él, y menos como vivienda. La verdad es que a mi me parece que lo tienes bastante complicado. Y sobre intentar convencer al Ayuntamiento con una construcción sostenible tampoco lo veo muy viable ya que lo que cuenta es el uso, y como te he dicho el residencial está prohibido por ley. Hay que decir también que las leyes de urbanismo son competencia autonómica y que en el resto del país suelen ser más flexibles.
    Finalmente, te voy a dar la pista para hacer la trampa... Puedes pedir una licencia para un almacén agrícola, con un proyecto de un ingeniero agrónomo, y cuando haya pasado la inspección del ayuntamiento montas la vivienda dentro. El problema es que estaras cometiendo un delito (si, así lo entienden los jueces) que no prescribe y por lo tanto el ayuntamiento puede ordenarte en cualquier momento que desmontes la vivienda (ya sea por iniciativa propia o por una denuncia de algun vecino...)
    Siento haberme alargado tanto (realmente es complicado explicar estos temas) pero espero que haya quedado un poco más claro.

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  3. Muchísimas gracias por la respuesta! me ha sido de mucha utilidad!
    Un abrazo.

    Marta.

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  4. HOLA TENGO UNA CASA QUE SE CONSTRUYO HACE MAS DE 20 AÑOS Y NO TIENE LICENCIA DE OBRA SOBRE TERRENO RUSTICO EN SU MOMENTO EL GOBIENO DE CANARIAS LA RECONOCIO COMO VVDA ILEGAL QUE NO SE TIRARÍA ACTUALMENT VIVO EN ELLA Y QUISIERA LEGALIZARLA HE REALIZADO UN INFORME TECNICO Y LO HE PRESENTADO EN EL AYUNTAMIENTO SOLICITANDO UN CERTIFICADO DE ANTIGUEDAD Y NO INFRACCION URBANISTICA, ¿ QUE PASOS DEBO SEGUIR ?

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  5. hola tengo un terreno rustico en corbera d,ebre y eh puesto un mobil home y ya me a venido el ayuntamiento a hacer fotos y para que lo retire me enseño el dosier de plan de urbanismo y en el solo dice que no se puede construir mas de 30 metros cuadrados y no se puede poner casas de madera pero de los mobil home y carabanas no dice nada y ademas en su termino municipal tienen 4 contenedores de hobra y 3 mobil home lo que estan mas retirados del pueblo y bastante escondidos con el boeque un saludo

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  6. Hola, tengo que redactar un proyecto para la realización de una caseta de aperos, pero no he hecho nunca ninguno, ¿tenéis un proyecto tipo que me pueda servir?

    Muchas gracias de antemano
    un saludo

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