23 feb 2011

Los humos del vecino

El vecino de al lado ha levantado una construcción justo pegada a mi valla (y a la de otro vecino) que queda bastante por debajo de mi rasante puesto que previamente ha realizado un vaciado en la parcela. El problema es que dicha construcción tiene una chimenea que, por la citada diferencia de cotas entre las rasantes actuales de ambas parcelas, tiene la salidad de humos justo a la altura de mi valla. ¿Qué normativa de distancias/alturas debe cumplir la chimenea?

Adjunto fotos de la chimenea hechas desde mi casa.

Atendiendo tu pregunta acerca de la situación de la chimenea que citas y habiendo visto las fotos, suponemos que te afecta la normativa de la CAM y la de tu propio Ayuntamiento. Las chimeneas deben cumplir la normativa UNE 123-001-94, que por las fotografías que nos mandas, no se pueden hacer las precisas mediciones para su evaluación. En la página 22 del documento tienes las medidas de referencia, así como en el CTE, pagina 70, que son de obligado cumplimiento. En la CAM, siguiendo el orden descendente de "rango administrativo", existe una normativa, que quizá te pueda ayudar, pero las tres están en sintonía por lo que te recomendamos que acudas al Ayuntamiento para que recabes información específica al respecto.
Lo normal es que la chimenea o salida de humos, tenga una altura mínima de un metro respecto a la cumbrera del edificio, que parece así a ojo de buen cubero, cumple. Respecto a la distancia a edificios colindantes, o sea tu terraza, debería estar separada de ésta por lo menos tres metros, y al estar en un radio de menos de 10 metros, debería tomar como referencia tu terraza para elevarla más, pero lo que te recomendamos arriba, que al respecto acudas a tu Ayuntamiento.
Otro punto que te inquieta es la construcción de ese volumen pegado a tu valla, aquí deberías preguntar en tu Ayuntamiento sobre la normativa de separación de linderos, y lo que se llama "área de movimiento de la edificación" , esto es, la zona en la que se puede construir dentro de la parcela, que puede variar en cada Ayuntamiento. Por eso, lo mejor es que consultes con el Arquitecto municipal al respecto.
Por lo general, si tu valla no tiene consideración de medianera (eso es algo que tienes que averiguar), las construcción tiene que retranquearse un mínimo del límite de la parcela, que suele ser un tercio de la altura de la nueva edificación, pero lo dicho, con las normativas que te indicamos, acude a tu Ayuntamiento, en el cual te tienen que dar los datos y normativas que os afectan a ti y a tu vecino.

Esperamos haberte servido de alguna ayuda, ya nos dirás los resultados!

5 comentarios:

  1. Hola buenas! a bote pronto, sin asegurarte nada, yo veo totalmente ilegal esa chimenea...los motivos que yo veo son los siguientes:

    - La boca de expulsión debe ubicarse en la cubierta del edificio a una altura sobre ella de 1 m como mínimo y debe superar las siguientes alturas en función de su emplazamiento (véanse los ejemplos de la figura 3.4):
    a) la altura de cualquier obstáculo que esté a una distancia
    comprendida entre 2 y 10 m;
    b) 1,3 veces la altura de cualquier obstáculo que esté a una
    distancia menor o igual que 2 m;
    c) 2 m en cubiertas transitables.

    Yo entiendo que tu valla de parcela, mas aun siendo permeable, debe ser considerada como un objeto, y por tanto, al estar la chimenea situada a menos de 2m, la altura de la chimenea deberia ser 1,3 veces la altura de tu vaya, para que los humos no te vayan a la cara cuando estes en tu jardin.

    ademas, otra cosa que no veo nada clara, es que su chimenea pueda situarse tan cerca de tu vaya de parcela. dejame investigar un poco mas, y te digo algo al respecto.

    un saludo primos!

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  2. Muchas gracias por la respuesta.
    Ya os comentaré lo que me dicen en el Ayutamiento.

    Un saludo

    carlos

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  3. mi vecino vive una calle mas abajo que yo quiere decir que mi casa está mas alta y nos separa una calle de 3 mtros a echo una chimenea de leña que dá justo a la altura de la ventana de mi casa y tambien queda mas bajo que mi terraza y vá a parar todo el humo a mi casa que norma debe cumplir las chimeneas?

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  4. Los jardines de las casas de mi Urbanización son Usufructo de cada vecino; no son privados. Hay un valla de alambrada para separar dichos jardines.
    En mi casa, esta valla, para separar mi jardín con mi vecino, medía en el año 1986 (que fue cuando empezamos a vivir) 1,25m. Como esta medida era muy poca y parecía que vivíamos en comuna con los de al lado, decidí unilateralmente (año 1990) subirla hasta 2,45m aproximadamente. Ella protestó (nunca habría dado el sí porque lo que quiere es tenernos vigilados a todos) y yo no le presté atención,
    Mi vecina puso hiedra sin cuidarla nunca; yo tenía que podar todo lo que se pasaba a mi casa durante todos estos años.
    En esta semana ha decido que ya no quiere su hiedra: la ha
    cortado, se ha secado la de mi lado y he tenido que rematar mi lado cortándolo y chupándome todo el polvo (no me ha avisado para podarlo en verde que es menos sucio...).
    Este martes salí a hacer unas gestiones y al volver me encontré con la valla cortada y caída con el brezo (la que yo puse en su momento hace 24 años) en mi lado.
    Le pregunté qué había pasado y reconocieron haberla cortado ellos.
    Empezaron a bla bla bla y no quiso hablar nada con mis vecinos.
    ¿Denuncio?
    En el Ayuntamiento me han dicho que yo puedo levantar OTRA/MI alambrada a la medida de 2,50m
    Gracias

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  5. Me llamo Daniel.Le comento entre un vecio y yo con pared de una mediana de 30 centimetros que icimos emtre los dos, el se izo sucasa en los años ochenta 83 a los 89, y puso una chimen a una distancia de 30 centimetros de la mared de dicha mediana.
    yo la casa la heecho en el año dosmil doce de cual me queda le chimenea en el centro de miterraza y a 30 centimetros de la mediana, por lo cual no paro de re cojer todos los días el ollin de dicha chimenea.
    mi pregunta es que se deve hacer para re solver este problema, legalmente. Me gustaria mandar fotos.

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